En su obra Las fronteras de la justicia, Martha Nussbaum ofrece una de las versiones más recientes de la teoría animalista. El contractualismo, o teoría del contrato, al fin se aplicaba al movimiento por los derechos de los animales, lejos de las aguas mansas del utilitarismo de Singer y el pantano radical del abolicionismo.
Aunque torciera algunos conceptos específicos de Rawls, como la racionalidad de los suscriptores de los pactos o el velo de la ignorancia, Nussbaum infundió un nuevo aliento al animalismo estancado por el corporativismo de las ONG y los escándalos por terrorismo del ALF. La introducción del tema no deja de ser diciente. Consta de un epígrafe extraído de la histórica sentencia en la India que concedía el estatus legal a los animales, como seres con capacidad de sentir dolor y placer (sintiencia) e intereses dignos de ser tutelados por la ley:
En definitiva, sostenemos aquí que los animales de circo [. . .]
son encerrados en jaulas sin espacio para moverse, sometidos
al miedo, al hambre, al dolor, por no hablar de la vida indigna
que han de vivir sin tregua, y sostenemos también que la notificación
impugnada ha sido emitida de conformidad con los
[. . .] valores de la vida humana y la filosofía de la Constitución
[ ... ] Aunque no sean homo sapiens, son también seres que tienen
derecho a una existencia digna y a un trato humano sin
crueldad ni tortura [. .. ] Por consiguiente, no solo es nuestro
deber fundamental mostrar compasión por nuestros amigos
animales, sino reconocer y proteger sus derechos [ ... ] Si los seres
humanos tienen derechos fundamentales, ¿por que no los
animales?
Nair v. Union a/India, Tribunal Superior
de Kerala, no 155/1999, junio de 2000
"Los animales no humanos son capaces de llevar una existencia digna, como afirma el Tribunal Superior de Kerala".
Para Nussbaum, la declaración del Tribunal Superior de Kerala era una llamado histórico a la consideración moral de los animales, en reconocimiento de su capacidad de sufrir y la lista de intereses que pudiera florecer en su existencia: los animales, tienen interés no explícito en vivir, respirar, comer, ser libres, ver cumplir el programa genético de su especie y en garantizar su existencia sobre los voraces procesos evolutivos, donde gracias a la adaptación y la lucha solo el más fuerte sobrevive. El ejemplo Hindú era clara muestra de cómo estos principios, según los cuáles es de recibo tutelar con derechos los intereses que reclaman protección, sea de la especie que sea, tienen aplicabilidad legal y merecen extenderse hacia los animales.
Entre otras cosas, los animales no humanos en la India cuentan con un estatus legal que los protege contra el, así llamado, "maltrato animal". El histórico fallo de Kerala los blinda contra la utilización como alimento, entretenimiento e incluso tenencia. Lo anterior parecía solo hacer eco a la restricción cultural de comer animales en un país con 800 millones de vegetarianos. Sin embargo, la aplicación del fallo iba más allá, por cuanto hacía sujetos de derechos a los animales. Por ejemplo, un elefante puede arrasar cualquiera de las humildes aldeas que pueblan el valle del Indo, donde la miseria extrema campea. Sin embargo, la Ley impide agredir al elefante en defensa de los bienes humanos, incluso la vida misma.
Lo curioso, visto de forma estructural, es que Nussbaum en las páginas anteriores a su consideración animalista, había denostado al mismo sistema Hindú como regresivo y arcaico en lo que respecta a los Derechos Humanos y el estatus de la mujer en dicho contexto, al denunciar que ellas incluso podían ser usadas como propiedad inmueble:
"Consideremos a la luz de este argumento el caso de un país que no ofrezca iguales derechos de propiedad, por ejemplo, a las mujeres. (La India es un ejemplo de un país de este tipo.) [...]
La ley de la propiedad hindu sigue conteniendo grandes desigualdades:
atribuye a las mujeres participaciones menores y en algunos casos vincula la propiedad a consorcios familiares que impiden que una mujer pueda separar y controlar separadamente su parte en caso de abandonar la familia". (pág. 259 Las fronteras de la justicia).
En realidad, la denuncia de Nussmbaum contra el estado de los Derechos Humanos de las mujeres en la India, peca de benevolente.
El país que el animalismo exalta como evolucionado a causa de su animalismo cultural y legal, es el peor lugar sobre la tierra para ser mujer. De hecho, este país siempre es nombrado en el informe anual de Amnistía Internacional como el mayor violador de DDHH en el tema de feminicidios, accesos carnales violentos (violaciones), quema con ácido, pedofilia cultural y demás. La ONU ha condenado en múltiples ocasiones al sistema hindú y algunas ONG intentan exponer a occidente el drama que supone la condición femenina en la India.
Tan solo considérese unos de los flagelos sobre la violencia contra las mujeres en la India: este país ostenta el deshonroso récord mundial en la tasa de violaciones sexuales. Amnistía Internacional ha sido un histórico denunciante de una práctica que llega a cobrar hasta 24.000 hechos al año, es decir, más de 66 violaciones por día. Pese a los avances en materia jurídica provocados por la presión internacional, lo cierto es que el estatuto de la mujer en el sistema hindú sigue siendo por mucho inferior al de las vacas. Por ejemplo, esta semana vimos con horror la noticia sobre las dos hermanas condenadas a ser violadas por una infidelidad de su hermano. Esto se produjo en Uttar Pradesch, región donde se ubica el hermoso Taj Mahal pero donde también tiene lugar la creencia brahamánicas e hindúes más radicales sobre el estatuto de los animales como seres cuasisagrados, es decir, zonas ampliamente vegetarianas en su dieta y animalistas en sus creencias.
En definitiva, si hay un estado que puede ser catalogado como machista es la India. Desde luego, si obviamos particularidades, como por ejemplo, que en dicho país el homosexualismo sea delito, o la discriminación sea moneda corriente merced a un regresivo sistema de castas. Solo aquí cobra sentido la genérica frase de Gandhi: "un país, una civilización, se puede juzgar en la forma como trata a sus animales".
Vayamos al asunto:
¡Bravo, @eljueves! Coincide con mi visión sobre la #violencia estructural: #machismo y #toros, dos patas del monstruo pic.twitter.com/UGBtKQ7Aqz
— Ruth Toledano (@ruthtoledano) septiembre 1, 2015
Sin ningún estudio sociológico con pruebas empíricas que demuestre de forma fehaciente la relación estructural entre tauromaquia y machismo, Ruth Toledano sigue concluyendo que las corridas de toros son el detonante de la violencia contra las mujeres. Es decir, sin un solo caso analizado, sin ninguna tesis, sin pruebas de campo, sin estadísticas contundentes, sin relaciones sociales que conecten la corrida con el hogar, ni mucho menos testimonios de mujeres maltratadas por hombres taurinos o toreros, ella salta el método de estudio para concluir, aupada en una caricatura, una relación estructural.
Sería lo indicado retarla a que presente un solo caso, uno, donde se haya comprobado por vía psicológica, que un hombre maltrató a su mujer por causa de la tauromaquia. Aunque existen muchos estudios genéricos no elevados al rango de ley forense, donde dicen evidenciar el vínculo entre maltrato animal y maltrato a los humanos, lo cierto es que una generalidad no puede en ningún caso erigirse como norma absoluta, sin que por lo menos haya un estudio sensato que lo pruebe. Sensu contrario, también hay casos de animalistas que cometen violencia contra los seres humanos. Entre tanto, el animalismo solo posee un estudio donde las mujeres de Huamantla manifiestan sentirse más inseguras en su hogar durante las tradicionales fiestas de su pueblo. En ellas, los hombres no solo van a corridas de toros ni tampoco los corren, sino que están rodeados de unas fiestas patronales que involucran muchas más prácticas, por lo que es difícil deducir que la única causa de la inseguridad femenina, se derive de la tauromaquia.
En cambio, tenemos un país animalista que al mismo tiempo es el mayor agresor de mujeres en el mundo, si omitimos el drama de algunas castas y de los homosexuales. Sin embargo, esa arcadia de la moral no recibe una sola sospecha sobre la relación estructural entre animalismo y maltrato contra las mujeres. Por el contrario, el animalismo se muestra a sí mismo como una evolución histórica comparable a la lucha por los derechos de las mujeres, los gais y los afrodescendientes. Pese a que la violencia machista sigue asolando a la India, los taurinos no cometeríamos la imprudencia de caricaturizar la violación de alguna de las 66 mujeres abusadas en cualquier día de la India, junto a algún señor vegetariano cuyas convicciones profundas le llevan a pensar que los animales merecen consideración moral.